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Pausa

Interrupción de 45 minutos tras 4,5 horas de conducción, divisible en 15 + 30 minutos (Reg. 561/2006, art. 7).

Tras 4,5 horas de conducción, el conductor debe hacer una pausa de al menos 45 minutos. Puede dividirla en dos partes: primero 15 minutos y después 30, en ese orden. Durante la pausa no se puede conducir ni realizar otro trabajo.

Para quien planifica, la pausa es lo que determina cuántos kilómetros reales se hacen en una jornada. Un viaje de 9 horas de conducción necesita dos pausas, y las cargas y descargas no cuentan como pausa si el conductor trabaja en ellas.