Si el destinatario recibe la mercancía sin hacer reserva alguna, se presume que la ha recibido en el estado que dice la carta de porte. Para conservar el derecho a reclamar, el CMR fija tres plazos según el tipo de daño (art. 30).
Pérdidas o averías aparentes: reserva en el momento de la entrega. No aparentes: por escrito dentro de los 7 días siguientes a la entrega; solo se excluyen del cómputo los domingos y festivos, los sábados cuentan (art. 30.1). Retraso: reserva por escrito dentro de los 21 días desde que la mercancía queda a disposición del destinatario (art. 30.3).
Una reserva debe ser concreta: «3 cajas mojadas» vale; «pendiente de revisión» no. La herramienta de plazos CMR calcula las fechas a partir del día de entrega.
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