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Descanso semanal

45 horas seguidas de descanso cada semana, reducibles a 24 h con compensación posterior (Reg. 561/2006, art. 8).

El descanso semanal normal son 45 horas seguidas. Puede reducirse hasta 24 horas, pero las horas que faltan deben compensarse en bloque, añadidas a otro descanso, antes de que acabe la tercera semana siguiente. El descanso semanal debe empezar como muy tarde seis periodos de 24 h después del anterior.

El descanso semanal normal no puede hacerse en la cabina del vehículo. Para el transitario, esto significa que un conductor en ruta larga necesita cada semana un sitio donde dormir fuera del camión, y que la planificación de la semana debe prever dónde y cuándo se para.